Corpus Iuris Corpus · Iuris
✦ Corpus Búsqueda libre Leyes Jurisprudencia Precedentes Actualización legal

Reglamento de la Ley del Sector Hidrocarburos

Artículo 254

Ordenamiento: Reglamento de la Ley del Sector Hidrocarburos · Ámbito: Federal
Última reforma: —

Vigencia verificada: 27 de octubre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

Artículo 254. A las sesiones solo pueden asistir las personas miembros y las personas invitadas que se encuentran formalmente acreditadas ante el Consejo Consultivo.

Para efectos de lo anterior, las personas titulares de las dependencias de la Administración Pública Federal y las personas representantes del sector académico, de investigación y tecnología, incluidos los institutos sectorizados, y las del sector privado de la Industria de Hidrocarburos, que integran el Consejo Consultivo, deben comunicar oficialmente a la persona titular de la presidencia del Consejo Consultivo los nombres y cargos de sus representantes y suplentes.

Fuente oficial: consultar publicación

← Art. 253Índice de la leyArt. 255 →

Jurisprudencia y tesis sobre este artículo

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar con IA en 6,710 leyes, 311 mil tesis y 11,708 sentencias de la SCJN, y consultarle al Corpus sobre este artículo.
Buscar en leyes Probar el Corpus gratis