Reglamento de la Ley del Sector Hidrocarburos · Titulo SEGUNDO — DEL RECONOCIMIENTO Y EXPLORACIÓN SUPERFICIAL Y DE LA EXPLORACIÓN Y EXTRACCIÓN DE HIDROCARBUROS · Capitulo V — De los Contratos para la Exploración y Extracción · Seccion Cuarta — De la Comercialización de los Hidrocarburos que el Estado obtenga como resultado de los Contratos para la Exploración y Extracción
Artículo 65
Vigencia verificada: 27 de octubre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
Artículo 65. Una vez suscrito el contrato respectivo, la Secretaría y la Secretaría de Hacienda y Crédito Público pueden proponer modificaciones o actualizaciones que busquen maximizar los ingresos del Estado.
Sección Quinta
De la Adjudicación Directa de los Contratos para la Exploración y Extracción a Personas Titulares de Concesiones Mineras
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- MINAS, CADUCIDAD DE LAS CONCESIONES DE. (s/clave)
- INDUSTRIAS MINERALES. (s/clave)
- FUNDOS MINEROS, CONVENIOS. ASUNTOS AGRARIOS. (s/clave)
- FUNDOS MINEROS, EXPLOTACION DE LOS. (s/clave)
- CONCESIONES. (s/clave)
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