Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria · Titulo TERCERO — De la Programación, Presupuesto y Aprobación · Capitulo I — De la Programación y Presupuesto del Gasto Público · Seccion VIII — De la integración del presupuesto de servicios personales
Artículo 33
Vigencia verificada: 3 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
Artículo 33. Las remuneraciones del personal militar comprenden las percepciones de los servidores públicos militares en las secretarías de la Defensa Nacional y de Marina por concepto de haberes, sobrehaberes, asignaciones y demás remuneraciones del personal militar en los términos de las disposiciones aplicables.
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- MILITARES, PENSIONES DE LOS. (s/clave)
- MILITARES, PENSIONES A LOS. (s/clave)
- MILITARES, PENSIONES A LOS. (105)
- MILITARES, RETIRO DE LOS HABERES DE LOS. (s/clave)
- MILITARES, COMPENSACION A LOS. (s/clave)
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