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Reglamento de la Ley Federal del Derecho de Autor

Artículo 119

Ordenamiento: Reglamento de la Ley Federal del Derecho de Autor · Ámbito: Federal
Última reforma: 2026-09-24

Vigencia verificada: 25 de octubre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

Artículo 119.- Para obtener la autorización para operar una sociedad, se deberá presentar solicitud

por escrito, a la que se anexarán:

I. Proyectos de acta constitutiva y estatutos de la sociedad, los cuales deberán:

a) Apegarse a lo establecido por la Ley;

b) Mencionar la rama o categorías de creación cuyos autores y titulares represente o la

categoría o categorías de titulares de derechos conexos que la integran, y

c) Señalar los órganos de gobierno, administración y vigilancia de la sociedad, así como los

nombres de las personas que los integran;

II. Lista de socios iniciales;

III. Catálogos de obras administrados por la sociedad, en su caso, y

IV. Protesta de decir verdad del solicitante en relación con los datos contenidos en la solicitud.

Fuente oficial: consultar publicación

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