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Modo: Corpus Pro

Reglamento de la Ley General de Bienes del Estado de Morelos

Artículo 9

Ordenamiento: Reglamento de la Ley General de Bienes del Estado de Morelos · Ámbito: Morelos
Última reforma: 2026-11-03

Vigencia verificada: 29 de octubre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

Cuando los bienes pertenecientes al dominio público a que se refiere el artículo 26 de la Ley, hayan dejado de ser útiles para el servicio público y requieran ser enajenados, se podrán desincorporar del régimen al cual pertenecen, debiéndose cumplir previamente los requisitos establecidos en la Ley y el artículo 8 del presente Reglamento.

Fuente oficial: consultar publicación

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