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Reglamento de la Ley Orgánica del Instituto Nacional de Antropología e Historia · Capitulo V — DE LOS CONSEJOS DEL INSTITUTO

Artículo 43

Ordenamiento: Reglamento de la Ley Orgánica del Instituto Nacional de Antropología e Historia · Ámbito: Federal
Última reforma: —

Vigencia verificada: 3 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

Artículo 43. El Consejo de Área de Conservación y Restauración de Bienes Culturales, se integra por trece Consejeros, conforme a lo siguiente:

I. El titular de la Secretaría Técnica, quien lo presidirá;

II. El titular de la Coordinación Nacional de Conservación del Patrimonio Cultural, el de la Coordinación Nacional de Monumentos Históricos, el de la Coordinación Nacional de Arqueología, y el de la Coordinación Nacional de Museos y Exposiciones;

III. Dos Consejeros invitados por el titular de la Dirección General, especialistas en monumentos históricos, arqueología, o docencia, y

IV. Seis Consejeros electos por los especialistas del Instituto en monumentos históricos, arqueología, Conservación, o docencia.

Fuente oficial: consultar publicación

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