Corpus Iuris Corpus · Iuris
✦ Corpus Búsqueda libre Leyes Jurisprudencia Precedentes Actualización legal

Reglamento del Senado de la República

Artículo 1341

Ordenamiento: Reglamento del Senado de la República · Ámbito: Federal
Última reforma: 2024-12-06

Vigencia verificada: 3 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

Artículo 134

1. Las subcomisiones a que se refiere la fracción IV del párrafo 1 del artículo anterior, se integran por el acuerdo que adoptan las comisiones que las crean, conforme a las siguientes bases:

I. Se procura reflejar la pluralidad de los grupos parlamentarios;

II. Se nombra un senador que la coordina;

III. Se establece el plazo aproximado para realizar las tareas asignadas y someter sus resultados a la consideración de la comisión de que se trate; y

IV. Cuando la subcomisión no está en condiciones de cumplir su encomienda, la comisión resuelve al respecto.

2. La Junta Directiva de la comisión da seguimiento y apoya los trabajos de la subcomisión.

Fuente oficial: consultar publicación

← Art. 1331Índice de la leyArt. 1351 →

Jurisprudencia y tesis sobre este artículo

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar con IA en 6,710 leyes, 311 mil tesis y 11,708 sentencias de la SCJN, y consultarle al Corpus sobre este artículo.
Buscar en leyes Probar el Corpus gratis