Reglamento del Senado de la República
Artículo 1971
Vigencia verificada: 3 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
Artículo 197
1. Por acuerdo de la Mesa, cuando la relevancia o interés general de un dictamen lo amerita, al inicio del debate en lo general los grupos parlamentarios pueden designar a uno de sus integrantes para que intervenga con el propósito de fijar su posición al respecto.
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- DICTAMEN, DISCUSION Y APROBACION DEL. NO CONSTITUYE VIOLACION LA INTERVENCION EN ELLAS DEL PRESIDENTE DE UN GRUPO. (s/clave)
- PRESIDENTE DE CONSEJO DE GUERRA. (s/clave)
- CONVOCATORIA A ELECCIONES. (s/clave)
- INICIATIVA DE LEY. EL DESECHAMIENTO QUE REALIZA LA CÁMARA DE DIPUTADOS, CUANDO ACTÚA COMO REVISORA, NO IMPIDE QUE PUEDA PRESENTAR UNA INICIATIVA SOBRE LA MISMA LEY EN LAS SESIONES (VI.1o.A.28 K)
- JUNTAS DE CONCILIACION Y ARBITRAJE. VOTO RAZONADO DEL PRESIDENTE SUSTITUTO. (s/clave)
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar con IA en 6,710 leyes, 311 mil tesis y 11,708 sentencias de la SCJN, y consultarle al Corpus sobre este artículo.
Buscar en leyes Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar con IA en 6,710 leyes, 311 mil tesis y 11,708 sentencias de la SCJN, y consultarle al Corpus sobre este artículo.
Buscar en leyes Probar el Corpus gratis