Reglamento del Senado de la República
Artículo 2211
Vigencia verificada: 3 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
Artículo 221
1. En el caso de los proyectos de ley o decreto devueltos al Senado por la Cámara de Diputados, en su condición de Cámara revisora, por haberlos desechado en forma total o parcial con observaciones o modificaciones, el Presidente da cuenta al Pleno y ordena el trámite que corresponde conforme a este Reglamento.
2. Cuando el proyecto de ley o decreto es desechado en su totalidad por la Cámara revisora, el examen lo realizan las mismas comisiones que lo hayan dictaminado en el Senado y versa sobre todo el proyecto.
3. Si un proyecto sólo se desecha en parte por la Cámara de Diputados, el nuevo dictamen en el Senado es formulado por las mismas comisiones y se refiere exclusivamente a las observaciones o modificaciones realizadas.
4. De aprobarse o rechazarse por el Senado las observaciones o modificaciones realizadas por la Cámara de Diputados, se procede conforme lo establece el artículo 72 de la Constitución.
CAPITULO OCTAVO
DE LA REMISION DEL PROYECTO DE LEY O DECRETO AL EJECUTIVO FEDERAL Y DE SUS OBSERVACIONES
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- INICIATIVA DE LEY. EL DESECHAMIENTO QUE REALIZA LA CÁMARA DE DIPUTADOS, CUANDO ACTÚA COMO REVISORA, NO IMPIDE QUE PUEDA PRESENTAR UNA INICIATIVA SOBRE LA MISMA LEY EN LAS SESIONES (VI.1o.A.28 K)
- PROYECTO DE LEY O DECRETO MODIFICADO POR LA CÁMARA REVISORA Y QUE REGRESA A LA DE ORIGEN. PARA QUE ÉSTA CUMPLA EL REQUISITO DE LA "NUEVA DISCUSIÓN" A QUE SE REFIERE EL INCISO E DEL (113)
- PROYECTO DE LEY O DECRETO MODIFICADO POR LA CÁMARA REVISORA Y QUE REGRESA A LA DE ORIGEN. PARA QUE ÉSTA CUMPLA EL REQUISITO DE LA "NUEVA DISCUSIÓN" A QUE SE REFIERE EL INCISO "E" D (P./J. 46/2006)
- REFRENDO DE LOS DECRETOS PROMULGATORIOS DE LAS LEYES APROBADAS POR LA ASAMBLEA DE REPRESENTANTES DEL DISTRITO FEDERAL, CORRESPONDE AL JEFE DEL DEPARTAMENTO DEL DISTRITO FEDERAL. (P. CV/96)
- REFRENDO DE LOS DECRETOS PROMULGATORIOS DE LEYES APROBADAS POR LA ASAMBLEA DE REPRESENTANTES DEL DISTRITO FEDERAL. CORRESPONDE AL JEFE DEL DEPARTAMENTO.- (2349)
En Corpus Iuris puedes buscar con IA en 6,710 leyes, 311 mil tesis y 11,708 sentencias de la SCJN, y consultarle al Corpus sobre este artículo.
Buscar en leyes Probar el Corpus gratis