Reglamento del Senado de la República
Artículo 2851
Vigencia verificada: 3 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
Artículo 285
1. En cumplimiento de las atribuciones que le confieren las fracciones II y IV del párrafo 1 del artículo 283 de este Reglamento, la Mesa atiende los siguientes criterios:
I. Respecto de organizaciones interparlamentarias permanentes, se designan en cada caso representantes por una o dos legislaturas;
II. En la integración de representaciones permanentes y delegaciones a eventos en el exterior se refleja, en la medida de lo posible, la pluralidad del Senado;
III. Las representaciones permanentes se integran conforme lo disponen los instrumentos internacionales respectivos; las delegaciones se forman de acuerdo a los requerimientos de cada evento y la disponibilidad presupuestal del Senado;
IV. Se toma en consideración la especialización de las comisiones para proponer a los integrantes de las representaciones o delegaciones del Senado; y
V. Se designa un presidente para cada representación o delegación del Senado.
2. La Mesa puede autorizar a cada representación o delegación de senadores el personal de apoyo técnico que se requiera. Cuando sea necesario, personal de apoyo puede asistir a los representantes o delegados en la realización de sus tareas fuera del territorio nacional, caso en el cual estará bajo el mando directo del presidente.
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- PERSONERÍA, LA TIENEN LOS REPRESENTANTES DE LOS PARTIDOS POLÍTICOS REGISTRADOS ANTE LOS ÓRGANOS ELECTORALES MATERIALMENTE RESPONSABLES, AUNQUE ÉSTOS NO SEAN FORMALMENTE AUTORIDADES (27)
- PERSONERÍA, LA TIENEN LOS REPRESENTANTES DE LOS PARTIDOS POLÍTICOS REGISTRADOS ANTE LOS ÓRGANOS ELECTORALES MATERIALMENTE RESPONSABLES, AUNQUE ÉSTOS NO SEAN FORMALMENTE AUTORIDADES (219)
- PERSONERÍA. LA REPRESENTACIÓN DELEGADA DE UN PARTIDO POLÍTICO DEBE CONSTAR EN INSTRUMENTO NOTARIAL.- (183)
- PERSONERÍA EN LA REVISIÓN CONSTITUCIONAL ELECTORAL. ES SUFICIENTE CON TENER FACULTADES EN LOS ESTATUTOS DEL REPRESENTADO.- (42)
- PERSONERÍA EN LA REVISIÓN CONSTITUCIONAL ELECTORAL. ES SUFICIENTE CON TENER FACULTADES EN LOS ESTATUTOS DEL REPRESENTADO.- (155)
En Corpus Iuris puedes buscar con IA en 6,710 leyes, 311 mil tesis y 11,708 sentencias de la SCJN, y consultarle al Corpus sobre este artículo.
Buscar en leyes Probar el Corpus gratis