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Modo: Corpus Pro

Reglamento Interior del Tribunal Electoral del Estado de Morelos

Artículo 13

Ordenamiento: Reglamento Interior del Tribunal Electoral del Estado de Morelos · Ámbito: Morelos
Última reforma: 2022-10-19

Vigencia verificada: 27 de octubre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

Cuando se presenten las hipótesis previstas en el artículo 140 del Código, el pleno calificará y resolverá las excusas y recusaciones que por impedimento legal se presenten, quedando excluido la o el ponente materia del impedimento, nombrándose por la Presidencia únicamente para resolver la excusa a diverso funcionario quien fungirá como magistrado o magistrada en funciones para tal asunto.

En caso de excusa, la Magistratura correspondiente hará llegar a la Secretaría General el escrito conducente, así como las constancias originales del asunto respectivo.

Si se tratase de la hipótesis de recusación se instruirá a la Secretaría General turnar el escrito a la magistrada o el magistrado que corresponda, para que éste rinda su informe dentro del plazo de cuarenta y ocho horas.

Fuente oficial: consultar publicación

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