Reglamento Interior del Tribunal Electoral del Estado de Morelos
Artículo 168
Vigencia verificada: 27 de octubre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
Desechos. En caso de que existan desechos que no se puedan vender o donar, la Dirección Administrativa se encargará de determinar su retiro del almacén general o de las instalaciones en las que se encuentren. La Dirección Administrativa verificará que los desechos sean retirados de ser posible a través del servicio público de limpia y de no ser posible contratará personal especializado para su retiro.
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- DEPOSITARIO. (s/clave)
- DEPOSITARIO EN EL JUICIO SUCESORIO. (s/clave)
- DESISTIMIENTOS. (s/clave)
- VILLAS Y CIUDADES. (s/clave)
- RECURSOS ORDINARIOS IMPROCEDENTES. (s/clave)
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