Reglamento Interior del Tribunal Electoral del Estado de Morelos
Artículo 180
Vigencia verificada: 27 de octubre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
El instituto académico contará con el personal administrativo que le asigne el pleno, el cual deberá seleccionarse entre las y los servidores públicos que tengan encomendadas tareas específicas en el Tribunal, o bien, contratarse personal, según lo permita el presupuesto de egresos respectivo. Las magistradas, los magistrados y el personal comisionado al instituto académico, no devengarán por ese hecho remuneración adicional.
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- AUTORIDADES RESPONSABLES. MAGISTRADO INSTRUCTOR Y SALA DEL TRIBUNAL FISCAL. (s/clave)
- AGRAVIOS EN LA APELACION, CUANDO NO ES INJUSTIFICADA LA RENUNCIA AL ESTUDIO DE ALGUNO DE LOS. (s/clave)
- AUTO ADMISORIO DE PRESIDENCIA. NO CAUSA ESTADO. (IV.3o.A. J/5)
- PRESIDENTE DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL DISTRITO FEDERAL, PERSONALIDAD DEL, PARA INTERPONER EL RECURSO DE REVISION, EN REPRESENTACION DEL PLENO. (s/clave)
- TEMERIDAD (s/clave)
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