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Modo: Corpus Pro

Reglamento Interior del Tribunal Electoral del Estado de Morelos

Artículo 39

Ordenamiento: Reglamento Interior del Tribunal Electoral del Estado de Morelos · Ámbito: Morelos
Última reforma: 2022-10-19

Vigencia verificada: 27 de octubre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

ARTÍCULO *39. Todo el personal del Tribunal será de confianza y en cuanto a su

temporalidad será eventual o con nombramiento indefinido.

El personal se clasificará en jurídico y administrativo; mismo que deberá reunir,

además de los requisitos especificados en el presente reglamento para cada cargo,

los siguientes requisitos generales:

a) Contar con credencial de elector;

b) Acreditar no estar inhabilitado a la fecha de ingreso; y,

c) Tener su domicilio preferentemente en el estado.

El Tribunal, contará con el personal suficiente para el desarrollo de sus actividades,

de conformidad con las siguientes categorías:

A. PERSONAL JURÍDICO:

I. Secretaria o Secretario General;

II. Secretaria o Secretario Coordinador;

III. Secretaria o Secretario Instructor “A”;

IV. Secretaria o Secretario Instructor “B”;

V. Secretaria o Secretario Proyectista “A”;

VI. Secretaria o Secretario Proyectista “B”;

VII. Subsecretaria o subsecretario;

VIII. Notificadora o Notificador; y,

IX. Oficial Judicial.

B. PERSONAL ADMINISTRATIVO:

I. Dirección Administrativa;

II. Secretaria o secretario particular de Presidencia;

III. Titular del área Coordinadora de Archivos;

IV. Titular del Archivo Judicial Electoral e Histórico;

V. Capacitadora o Capacitador;

VI. Jefatura de Recursos Financieros;

VII. Jefatura de Recursos Materiales;

VIII. Jefatura de Recursos Humanos;

IX. Jefatura de Sistemas Informáticos;

X. Jefatura de Comunicación Social;

XI. Jefatura de Biblioteca;

XII. Técnico de Sistemas Informáticos;

XIII. Auxiliar Contable;

XIV. Auxiliar Administrativo;

XV. Auxiliar “A”;

XVI. Auxiliar “B”;

XVII. Oficial de Partes;

XVIII. Secretaria o secretario Mecanógrafo “A”;

XIX. Secretaria o secretario Mecanógrafa “B”;

XX. Auxiliar de Mantenimiento y Mensajería;

XXI. Chofer;

XXII. Intendente;

XXIII. Titular de la Contraloría Interna;

XXIV. Titular de la Unidad de Transparencia;

XXV. Titular de la Unidad de Género;

XXVI. Auxiliar de Contralor; y,

XXVII. Intérprete de Lengua de Señas.

NOTAS:

REFORMA VIGENTE. - Adicionada la fracción II del apartado “B” denominado del personal

administrativo, recorriéndose en su orden las subsecuentes y reformada la fracción I del dicho

apartado B por la Propuesta de reforma del artículo 39 del Reglamento Interior del Tribunal Electoral

del Estado de Morelos, publicado en el Periódico Oficial “Tierra y Libertad” No. 6099 de fecha

2022/07/27. Vigencia: 2022/07/01.

Fuente oficial: consultar publicación

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Jurisprudencia y tesis sobre este artículo

Versiones anteriores de este artículo

Histórico legislativo: se muestra para consulta, no forma parte de la búsqueda del texto vigente.

Texto anterior a la reforma (cambio detectado en la fuente oficial el 2026-07-28)

Todo el personal del Tribunal será de confianza y en cuanto a su temporalidad será eventual o con nombramiento indefinido.

El personal se clasificará en jurídico y administrativo; mismo que deberá reunir, además de los requisitos especificados en el presente reglamento para cada cargo, los siguientes requisitos generales:

a) Contar con credencial de elector;

b) Acreditar no estar inhabilitado a la fecha de ingreso; y,

c) Tener su domicilio preferentemente en el estado.

El Tribunal, contará con el personal suficiente para el desarrollo de sus actividades, de conformidad con las siguientes categorías:

A. PERSONAL JURÍDICO:

I. Secretaria o Secretario General;

II. Secretaria o Secretario Coordinador;

III. Secretaria o Secretario Instructor "A";

IV. Secretaria o Secretario Instructor "B";

V. Secretaria o Secretario Proyectista "A";

VI. Secretaria o Secretario Proyectista "B";

VII. Subsecretaria o subsecretario;

VIII. Notificadora o Notificador; y,

IX. Oficial Judicial.

B. PERSONAL ADMINISTRATIVO:

I. Dirección Administrativa;

II. Secretaria o secretario particular de Presidencia;

III. Titular del área Coordinadora de Archivos;

IV. Titular del Archivo Judicial Electoral e Histórico;

V. Capacitadora o Capacitador;

VI. Jefatura de Recursos Financieros;

VII. Jefatura de Recursos Materiales;

VIII. Jefatura de Recursos Humanos;

IX. Jefatura de Sistemas Informáticos;

X. Jefatura de Comunicación Social;

XI. Jefatura de Biblioteca;

XII. Técnico de Sistemas Informáticos;

XIII. Auxiliar Contable;

XIV. Auxiliar Administrativo;

XV. Auxiliar "A";

XVI. Auxiliar "B";

XVII. Oficial de Partes;

XVIII. Secretaria o secretario Mecanógrafo "A";

XIX. Secretaria o secretario Mecanógrafa "B";

XX. Auxiliar de Mantenimiento y Mensajería;

XXI. Chofer;

XXII. Intendente;

XXIII. Titular de la Contraloría Interna;

XXIV. Titular de la Unidad de Transparencia;

XXV. Titular de la Unidad de Género;

XXVI. Auxiliar de Contralor; y,

XXVII. Intérprete de Lengua de Señas.

Texto anterior a la reforma (reforma publicada en el DOF el 2022-10-19)

artículo 39 de este reglamento.

El personal de intendencia tendrá a su cargo el mantenimiento y limpieza de las

instalaciones y mobiliario del Tribunal.

CAPÍTULO VII

ADMINISTRACIÓN DE LOS RECURSOS

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