REGISTRO PÚBLICO DE LA PROPIEDAD. FUNDAMENTO, CARACTERÍSTICAS Y OBJETO.
El Registro Público tiene su fundamento legal en el título segundo de la tercera parte del libro cuarto del Código Civil para el Distrito Federal, en el que se prevé que el Registro Público funcionará conforme al sistema y métodos que determine el reglamento y que éste será público. Así, de acuerdo a su reglamento, es una institución integrante de la administración pública del Distrito Federal, que tiene encomendado el desempeño de la función registral y cuyo objeto es dar publicidad a los actos jurídicos que requieran surtir efectos contra terceros.
TERCER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/160360-a0698119/registro-publico-de-la-propiedad-fundamento-caracteristicas-y · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
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