CONCURSOS MERCANTILES. LOS ARTÍCULOS 127 Y 130 DE LA LEY RELATIVA NO VIOLAN LA GARANTÍA DE AUDIENCIA.
Si bien es cierto que los citados preceptos no permiten la impugnación de la lista definitiva de créditos antes del dictado de la sentencia de reconocimiento, graduación y prelación de créditos, también lo es que no dejan en estado de indefensión a las partes del concurso mercantil y, por ende, no violan la garantía de audiencia contenida en el artículo 14 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en virtud de que el procedimiento de reconocimiento de créditos regulado por la Ley de Concursos Mercantiles permite impugnar la lista definitiva mediante la apelación de la sentencia de reconocimiento, graduación y prelación de créditos, donde se cumplen las formalidades esenciales del procedimiento, ya que las partes pueden ofrecer y desahogar las pruebas que estimen pertinentes para acreditar fehacientemente el monto, grado y prelación que corresponde a cada crédito, incluyendo principal y accesorios, así como formular alegatos, y que se dicte sentencia con base en leyes expedidas con anterioridad al hecho.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/163493-b49efed8/concursos-mercantiles-los-articulos-127-y-130-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- CONCURSOS MERCANTILES. EL ARTÍCULO 135 DE LA LEY RELATIVA, AL PREVER UN RECURSO PARA HACER VALER EL DERECHO AL RECONOCIMIENTO COMO ACREEDOR, NO VIOLA LA GARANTÍA DE AUDIENCIA. (1a. III/2011)
- CONCURSOS MERCANTILES. EL ARTÍCULO 49 DE LA LEY DE LA MATERIA NO VIOLA LA GARANTÍA DE AUDIENCIA AL NO LEGITIMAR A LOS ACREEDORES NO DEMANDANTES PARA INTERPONER RECURSO DE APELACIÓ (1a. XCVII/2004)
- CONCURSOS MERCANTILES. EL ARTÍCULO 84, PÁRRAFO PRIMERO, DE LA LEY RELATIVA, AL IMPEDIR LA ACUMULACIÓN DE OTROS JUICIOS AL CONCURSAL, NO VULNERA EL DERECHO FUNDAMENTAL A LA SEGURIDA (1a. LXXIV/2014 (10a.))
- CONCURSOS MERCANTILES. EL ARTÍCULO 129 DE LA LEY RELATIVA, AL ESTABLECER QUE EL TÉRMINO PARA PRESENTAR OBJECIONES A LA LISTA PROVISIONAL DE CRÉDITOS DEBE COMPUTARSE EN DÍAS NATURAL (1a. LXVIII/2012 (10a.))
- CONCURSO MERCANTIL. LOS ARTÍCULOS 127 Y 153 DE LA LEY RELATIVA, NO VULNERAN LOS PRINCIPIOS DE IGUALDAD Y SEGURIDAD JURÍDICA, AL PERMITIR EL RECONOCIMIENTO DE UN CRÉDITO EN DOS FORM (I.3o.C.285 C (10a.))
- CONCURSOS MERCANTILES. EL TRIBUNAL DE ALZADA ESTÁ OBLIGADO A ADMITIR LA SOLICITUD DE RECONOCIMIENTO DE CRÉDITOS Y A RECIBIR Y DESAHOGAR LAS PRUEBAS QUE LE PRESENTEN LOS ACREEDORES (1a. LXVII/2012 (10a.))
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis