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Modo: Corpus Pro

CÉDULAS DE LIQUIDACIÓN DE CUOTAS OBRERO PATRONALES. EN EL JUICIO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL PROCEDE DECLARAR TANTO SU NULIDAD LISA Y LLANA RESPECTO DE DETERMINADOS TRABAJADORES CONSIGNADOS EN ELLAS CUYA CERTIFICACIÓN DE SUS ESTADOS DE CUENTA INDIVIDUALES OMITIÓ EXHIBIR LA DEMANDADA, COMO SU VALIDEZ EN CUANTO A QUIENES SE ACREDITÓ EL NEXO LABORAL.

Clave: II.2o.T.Aux.18 A · Registro digital (IUS): 163506 · Tipo: Tesis aislada
Época: 9a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta
Localización: [TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXXII, Noviembre de 2010; Pág. 1429

De conformidad con la jurisprudencia 2a./J. 202/2007 de la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XXVI, octubre de 2007, página 242, de rubro: "ESTADOS DE CUENTA INDIVIDUALES DE LOS TRABAJADORES. SU CERTIFICACIÓN POR PARTE DEL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL TIENE VALOR PROBATORIO PLENO, POR LO QUE ES APTA PARA ACREDITAR LA RELACIÓN LABORAL ENTRE AQUÉLLOS Y EL PATRÓN.", la certificación de los estados de cuenta individuales es apta y suficiente para acreditar una relación laboral. Por tanto, cuando en el juicio contencioso administrativo federal la autoridad demandada omite exhibir la certificación de los estados de cuenta individuales de determinados trabajadores consignados en las cédulas de liquidación de cuotas obrero patronales, procede declarar tanto la nulidad lisa y llana de éstas, en lo concerniente a aquellos cuyos documentos no se aportaron, en términos de la fracción IV del artículo 51 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, como su validez respecto de quienes se comprobó el nexo laboral, es decir, en tales circunstancias es legal resolver en ambos sentidos.

SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO AUXILIAR, CON RESIDENCIA EN NAUCALPAN DE JUÁREZ, ESTADO DE MÉXICO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/163506-d62af3b1/cedulas-de-liquidacion-de-cuotas-obrero-patronales-en · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo directo 501/2010. Danor, S.A. de C.V. 9 de septiembre de 2010. Unanimidad de votos. Ponente: Carlos Alberto Zerpa Durán. Secretario: Israel Hernández González.

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