Corpus Iuris Corpus · Iuris
✦ Corpus Búsqueda libre Leyes Jurisprudencia Precedentes Actualización legal

RESPONSABILIDAD CIVIL DE LOS JUZGADORES DEL ORDEN COMÚN. NO PROCEDE, SI NO SE ACREDITA UNA ACTUACIÓN IRREGULAR EN SU FUNCIÓN (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE NUEVO LEÓN).

Clave: IV.3o.C.44 C · Registro digital (IUS): 164241 · Tipo: Tesis aislada
Época: 9a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta
Localización: [TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXXII, Julio de 2010; Pág. 2073

De la interpretación concatenada de los artículos 1o., fracciones I y III, 2o., 3o., fracción VI, 4o., 49, 50, 51, 52, 69, fracción I, 73 y 101 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios de Nuevo León, puede obtenerse la actualización del "hecho ilícito" a que aluden los artículos 1727 y 1807 del Código Civil de la citada entidad federativa, como uno de los elementos de la acción sobre responsabilidad civil ejercida contra un juzgador del orden común; sin embargo, para acreditar ese extremo, es necesario que en términos de lo previsto por el artículo 113 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, se demuestre que el servidor público se apartó de los principios de legalidad, honradez, lealtad, imparcialidad y eficiencia en el desempeño de sus funciones, empleos, cargos y comisiones; de manera que el dictado de un auto de formal prisión por el demandado, aun cuando haya sido declarado inconstitucional por la Justicia Federal, no es suficiente por sí solo para estimar que obró ilícitamente, ya que debe tenerse en cuenta que tal funcionario actuó en ejercicio de sus atribuciones como órgano jurisdiccional; por ende, es necesario evidenciar que en esa labor no haya atendido a los parámetros o consideraciones creados por la ley en el pronunciamiento de esa determinación del orden penal.

TERCER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL CUARTO CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/164241-0ad78946/responsabilidad-civil-de-los-juzgadores-del-orden-comun · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo directo 255/2009. Ana María Lance de la Parra Lagonigro. 14 de abril de 2010. Unanimidad de votos. Ponente: Pedro Pablo Hernández Lobato. Secretario: Martín Rodríguez Hernández.

Jurisprudencia relacionada

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis