Corpus
Modo: Corpus Pro

PREDIAL. LAS PROPUESTAS DE DECLARACIÓN PARA EL PAGO DEL IMPUESTO RELATIVO EMITIDAS POR LA AUTORIDAD COMPETENTE DEL MUNICIPIO DE ACAPULCO DE JUÁREZ, GUERRERO, NO CONSTITUYEN ACTOS DE AUTORIDAD PARA EFECTOS DE LA PROCEDENCIA DEL JUICIO DE AMPARO INDIRECTO.

Clave: XXI.2o.P.A.96 A · Registro digital (IUS): 166324 · Tipo: Tesis aislada
Época: 9a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta
Localización: [TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXX, Septiembre de 2009; Pág. 3166

De acuerdo con los artículos 14 y 16 de la Ley de Hacienda Municipal Número 677; 28 a 32 y 34 del Código Fiscal Municipal Número 152, ambos del Estado de Guerrero, y cuarto transitorio de la Ley Número 547 de Ingresos para el Municipio de Acapulco de Juárez, Guerrero, para el ejercicio fiscal de 2008, se advierte que las propuestas de declaración para el pago del impuesto predial denominadas: "liquidación del impuesto predial", emitidas por la autoridad competente del citado Municipio, no representan el producto final de la manifestación de la voluntad de aquélla, pues sólo tienen como propósito facilitar el cumplimiento de las obligaciones fiscales a cargo de los contribuyentes, por lo que existe la posibilidad de que éstos paguen una cantidad mayor o, incluso, menor al monto propuesto en dicha declaración. Por tanto, no constituyen actos de autoridad para efectos de la procedencia del juicio de garantías indirecto que se promueva en su contra ante los Juzgados de Distrito, de conformidad con el artículo 73, fracción XVIII, en relación con los numerales 1o., fracción I y 11 de la Ley de Amparo.

SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIAS PENAL Y ADMINISTRATIVA DEL VIGÉSIMO PRIMER CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/166324-87b61579/predial-las-propuestas-de-declaracion-para-el-pago · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo en revisión 1/2009. Raúl Quesada Vieyra. 21 de mayo de 2009. Unanimidad de votos. Ponente: Martiniano Bautista Espinosa. Secretario: Julián Jiménez Pérez.

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