Corpus Iuris Corpus · Iuris
✦ Corpus Búsqueda libre Leyes Jurisprudencia Precedentes Actualización legal

SUPLENCIA DE LA QUEJA DEFICIENTE A FAVOR DEL TRABAJADOR. NO OPERA CUANDO DENTRO DEL PROCEDIMIENTO CONCURRE UN MENOR DE EDAD O UN INCAPAZ QUE PUEDE VERSE AFECTADO EN SUS DERECHOS, POR LO QUE EL JUICIO DE GARANTÍAS DEBE ANALIZARSE EN ESTRICTO DERECHO A EFECTO DE NO COLOCARLOS EN UNA SITUACIÓN DE DESIGUALDAD JURÍDICA.

Clave: I.2o.T.23 L · Registro digital (IUS): 167057 · Tipo: Tesis aislada
Época: 9a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta
Localización: [TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXIX, Junio de 2009; Pág. 1104

Conforme al artículo 76 Bis, fracción IV, de la Ley de Amparo y la jurisprudencia de la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, publicada con el número 610 en el Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-2000, Tomo V, Materia del Trabajo, página 496, de rubro: "SUPLENCIA DE LA QUEJA EN MATERIA LABORAL A FAVOR DEL TRABAJADOR. OPERA AUN ANTE LA AUSENCIA TOTAL DE CONCEPTOS DE VIOLACIÓN O AGRAVIOS.", la suplencia de la queja a favor del trabajador opera aun ante la ausencia total de conceptos de violación o de agravios; sin embargo, tal suplencia no aplica cuando dentro del procedimiento concurra un menor de edad o un incapaz que puede verse afectado en sus derechos, por tratarse de una persona que conforme a la fracción V del aludido precepto también debe suplírsele la queja deficiente; consecuentemente, tratándose de personas que conforme al mencionado artículo 76 Bis debe suplírseles la deficiencia de la queja, como en el caso de un trabajador y un menor, el juicio de garantías debe analizarse en estricto derecho, a efecto de no colocarlos en una situación de desigualdad jurídica.

SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL PRIMER CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/167057-48039a12/suplencia-de-la-queja-deficiente-a-favor-del · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo directo 801/2008. Mario Rafael González Pérez y otro. 14 de noviembre de 2008. Unanimidad de votos. Ponente: María Edith Cervantes Ortiz. Secretario: Álvaro Niño Cruz.

Jurisprudencia relacionada

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis