Corpus Iuris Corpus · Iuris
✦ Corpus Búsqueda libre Leyes Jurisprudencia Precedentes Actualización legal

PROPIEDAD INDUSTRIAL. LOS ADJETIVOS (INCLUYENDO PALABRAS EXTRANJERAS) SON REGISTRABLES COMO MARCAS SI NO SE REFIEREN A LAS CUALIDADES ESENCIALES O PREDOMINANTES DEL PRODUCTO O SERVICIO QUE DENOMINAN, AL TRATARSE DE SIGNOS EVOCATIVOS O SUGESTIVOS.

Clave: I.4o.A.659 A · Registro digital (IUS): 168438 · Tipo: Tesis aislada
Época: 9a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta
Localización: [TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXVIII, Noviembre de 2008; Pág. 1375

Una denominación descriptiva es la que comunica inmediatamente al consumidor promedio la información sobre las características de un producto o servicio, y en términos del artículo 90, fracción IV, de la Ley de la Propiedad Industrial no es registrable como marca. Por el contrario, los signos evocativos o sugestivos sí lo son, pues no conducen directa e inmediatamente a una característica del producto o servicio, pues describen o designan una cualidad o elemento secundario o accidental de éstos, y en este caso se exige al consumidor, para llegar a comprender qué producto o servicio ampara la marca, hacer uso de la imaginación y del entendimiento; en otras palabras, es necesario un proceso deductivo entre la marca o signo y el producto o servicio. Por tanto, se concluye que los adjetivos (incluyendo palabras extranjeras) son registrables como marcas si no se refieren a las cualidades esenciales o predominantes del producto o servicio que denominan, al tratarse de signos evocativos o sugestivos.

CUARTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/168438-e0de073b/propiedad-industrial-los-adjetivos-incluyendo-palabras-extranjeras-son · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo directo 160/2008. Tequila Cuervo, S.A. de C.V. 27 de agosto de 2008. Unanimidad de votos. Ponente: Jean Claude Tron Petit. Secretario: Alfredo A. Martínez Jiménez.

Jurisprudencia relacionada

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis