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QUEJA. EL RECURSO PREVISTO EN EL ARTÍCULO 95, FRACCIÓN VI, DE LA LEY DE AMPARO, PROCEDE CONTRA EL AUTO POR EL QUE SE REQUIERE AL JEFE DE GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL QUE CONMINE A UN JEFE DELEGACIONAL A CUMPLIR LA EJECUTORIA, SI EN EL RECURSO DEBE DILUCIDARSE SI AQUÉL TIENE EL CARÁCTER DE SUPERIOR JERÁRQUICO DE ÉSTE.

Clave: I.5o.A.66 A · Registro digital (IUS): 171943 · Tipo: Tesis aislada
Época: 9a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta
Localización: [TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXVI, Julio de 2007; Pág. 2688

Del artículo 95, fracción VI, de la Ley de Amparo se advierte, entre otras cuestiones, que el recurso de queja procede contra las resoluciones de los Jueces de Distrito que se dicten después de fallado el juicio en primera instancia, cuando no sean reparables por ellos o por la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Ahora bien, el requerimiento que hace el Juez de Distrito al jefe de Gobierno del Distrito Federal como superior jerárquico de un jefe delegacional para que lo conmine a cumplir la ejecutoria, puede impugnarse por medio del aludido recurso de queja, porque dicho proveído no es susceptible de reparación por el mismo Juez o por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, ya que la litis en el recurso consiste en dilucidar si debe o no considerarse al citado jefe de Gobierno como superior jerárquico de la mencionada autoridad responsable, pues de lo contrario se le podría obligar a realizar acciones que no le hubieran sido atribuidas por ley y, por ende, al no ser de su competencia, sería imposible que las llevara a cabo, incurriendo con ello en responsabilidad conforme al párrafo segundo del artículo 107 de la referida ley.

QUINTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/171943-6cc1e6b2/queja-el-recurso-previsto-en-el-articulo-95 · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Queja 2/2007. Director General de Servicios Legales de la Consejería Jurídica y de Servicios Legales del Gobierno del Distrito Federal. 31 de enero de 2007. Unanimidad de votos. Ponente: Rosalba Becerril Velázquez. Secretaria: Leticia Espino Díaz.

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