Corpus
Modo: Corpus Pro

DIVISIÓN DE LA COSA COMÚN. CUANDO ESE DERECHO NO ES CUESTIONADO POR LAS PARTES Y SE OPTA POR EJERCERLO JUDICIALMENTE, DEBE SUSTANCIARSE CONFORME AL PROCEDIMIENTO DERIVADO DE LA PARTICIÓN HEREDITARIA Y NO POR LA VÍA ORDINARIA CIVIL (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE PUEBLA).

Clave: VI.1o.C.105 C · Registro digital (IUS): 172042 · Tipo: Tesis aislada
Época: 9a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta
Localización: [TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXVI, Julio de 2007; Pág. 2491

El artículo 748 del Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Puebla, vigente hasta el treinta y uno de diciembre de dos mil cuatro, establece los procedimientos y reglas a seguir, cuando el derecho a la división no es cuestionado por las partes, ya que textualmente prevé: "Si el derecho a la división no es cuestionado por las partes, ésta podrá hacerse: I. Judicialmente, siguiendo las reglas establecidas para la partición hereditaria; II. Extrajudicialmente ante notario; o III. Ante un partidor que de común acuerdo designen las partes.". En ese contexto, cuando se opta por ejercerlo judicialmente, es indiscutible que debe sustanciarse en términos de los cánones derivados de la partición hereditaria, inmersos en los numerales 1420 a 1454 del mencionado enjuiciamiento civil, puesto que esa fue la intención del legislador al establecer un procedimiento especial para su obtención. Por tanto, de ninguna manera resulta procedente la vía ordinaria civil.

PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL SEXTO CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/172042-efd535aa/division-de-la-cosa-comun-cuando-ese-derecho · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo directo 29/2007. Julieta Priede Camargo. 23 de febrero de 2007. Mayoría de votos. Disidente: Eric Roberto Santos Partido. Ponente: Rosa María Temblador Vidrio. Secretaria: Laura Elizabeth Baltazar Cedeño.

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