DIVISIÓN DE LA COSA COMÚN. FORMAS Y PROCEDIMIENTOS PARA OBTENERLA (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE PUEBLA).
La acción que tiende a obtener la división de la copropiedad puede intentarse en formas y vías diferentes, según sea el caso, esto es, al tenor del artículo 748 del Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Puebla, vigente hasta el treinta y uno de diciembre de dos mil cuatro, cuando no se cuestiona el derecho de los propietarios comunes, podrá hacerse judicialmente, ante notario público, o ante un partidor que designen las partes, en el primer caso, siguiendo las reglas para la partición hereditaria; el diverso 749 señala para el caso de que se cuestione el derecho a realizar la partición, la vía sumaria como la indicada para formular el reclamo respectivo; en tanto que el artículo 750 dispone que de no existir acuerdo entre los interesados, se aplicarán a la partición del bien común las reglas relativas a la ejecución forzosa. Así, en el primer supuesto, cuando la división ha de practicarse siguiendo las reglas para la partición hereditaria, al tenor de los numerales 1420 a 1471 de esa legislación, forman parte del procedimiento respectivo y, por ende, de las formalidades a seguir, la verificación de las juntas judiciales entre los interesados para llegar a un acuerdo; la posibilidad de promover el incidente de reclamación previsto en el artículo 1436; la oportunidad de promover el proyecto de partición respectivo; el sorteo entre los codueños para adjudicarse por la mitad de su valor el bien indivisible, en caso de que verificadas tres almonedas no exista postor; y, en general, todos los derechos y procedimientos especiales regulados en los preceptos atinentes a la partición de herencia, de lo que se excluye la posibilidad de que se tramite en la vía ordinaria, pues el legislador local, de manera expresa señaló un procedimiento especial para este caso.
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL SEXTO CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/175608-c21564be/division-de-la-cosa-comun-formas-y-procedimientos · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
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