Corpus
Modo: Corpus Pro

SUSPENSIÓN EN AMPARO DIRECTO. LA CAUCIÓN QUE SE FIJA PARA GARANTIZAR LOS PROBABLES PERJUICIOS QUE SE PUDIERAN CAUSAR CON SU OTORGAMIENTO, DEBE CUANTIFICARSE TOMANDO EN CUENTA TODAS LAS PRESTACIONES A QUE SE CONDENÓ EN LA SENTENCIA EN CANTIDAD LÍQUIDA O DE FÁCIL LIQUIDACIÓN Y NO SOLAMENTE CON BASE EN LA SUERTE PRINCIPAL.

Clave: III.2o.C.21 K · Registro digital (IUS): 175745 · Tipo: Tesis aislada
Época: 9a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta
Localización: [TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXIII, Febrero de 2006; Pág. 1927

Dado que tratándose de una sentencia que establece una condena en cantidad líquida o de fácil liquidación, los perjuicios que podrían generarse con la medida cautelar concedida, corresponden a la privación de las ganancias lícitas que legalmente obtendría el tercero perjudicado de tener bajo su dominio la totalidad de prestación pecuniaria declarada a su favor, durante el lapso que dure en resolverse el juicio de amparo directo. Por ello, el monto que por perjuicios debe garantizarse, debe deducirse de todas las prestaciones líquidas o de fácil liquidación a que fue condenada la parte demandada en el juicio natural y no sólo con base en la suerte principal; ya que es obvio que, si no fuera por los efectos de la suspensión concedida, dicho numerario ingresaría materialmente al patrimonio del tercero perjudicado, constituyendo una sola masa, de la que podría disponer en su beneficio en la forma que legalmente estimara pertinente, sin que importe para ello, los conceptos bajo los cuales los haya obtenido en la sentencia dictada a su favor en el juicio natural.

SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL TERCER CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/175745-27c6edf9/suspension-en-amparo-directo-la-caucion-que-se · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Queja 55/2005. Federico Martín del Castillo. 7 de octubre de 2005. Unanimidad de votos, con voto aclaratorio del Magistrado Rodolfo Moreno Ballinas. Ponente: Gerardo Domínguez. Secretario: Jair David Escobar Magaña.

Jurisprudencia relacionada

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
© 2026 Corpus Iuris · Información de carácter referencial. El texto de las tesis es información pública de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Compilación, búsqueda semántica y tesis relacionadas: © Corpus Iuris. Este contenido no constituye asesoría legal.

Información referencial — la responsabilidad de validar las citas es del usuario.