EXCLUSIÓN DE BIENES EN UN JUICIO SUCESORIO. PUEDE SER PROMOVIDA POR CUALQUIERA QUE ACREDITE TENER LA PROPIEDAD DE LOS BIENES INCLUIDOS EN EL INVENTARIO, AUNQUE NO SEA HEREDERO.
Como lo ha sostenido la Suprema Corte de Justicia de la Nación, lo que se protege con el incidente de exclusión de bienes es la garantía de audiencia del propietario de los bienes que puede ser desposeído de los mismos, por el solo hecho de que fueron incluidos por el albacea en el inventario correspondiente; por lo que cualquier persona que acredite ser propietaria de dichos bienes tiene interés jurídico para promover el incidente de exclusión, aunque sea tercera extraña en el juicio sucesorio; pues no es necesario que tenga el carácter de heredero para estar en condiciones de promover dicho incidente, sino que basta que acredite tener la propiedad de los bienes incluidos en el inventario.
TERCER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL SEXTO CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/177004-cd31c0c8/exclusion-de-bienes-en-un-juicio-sucesorio-puede · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- EXCLUSION DE BIENES EN JUICIOS SUCESORIOS, MATERIA DE LOS INCIDENTES DE. (s/clave)
- SUCESIONES. INCIDENTE DE EXCLUSION DE BIENES. NO ES MEDIO ORDINARIO DE DEFENSA. (s/clave)
- BIENES HEREDITARIOS EN POSESION DE TERCEROS. (s/clave)
- BIENES HEREDITARIOS EN POSESION DE TERCEROS. (s/clave)
- BIENES HEREDITARIOS EN POSESION DE TERCEROS. (s/clave)
- EXCLUSION DE BIENES DE UN INVENTARIO EN UN JUICIO SUCESORIO. (s/clave)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis