IDENTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA. LA INTERPOSICIÓN DEL RECURSO DE APELACIÓN EN CONTRA DE LA RESOLUCIÓN DE PLAZO CONSTITUCIONAL EN LA QUE ÉSTA SE DECRETA, NO IMPIDE LA EJECUCIÓN DE LA MEDIDA, DADO EL EFECTO DEVOLUTIVO EN QUE ES SUSTANCIADO TAL RECURSO (CÓDIGO FEDERAL DE PROCEDIMIENTOS PENALES).
El artículo 367, fracción IV, del Código Federal de Procedimientos Penales dispone que son apelables en el efecto devolutivo los autos de formal prisión, por lo que aun cuando tal determinación constituye la fuente que da origen a la identificación administrativa de un procesado, los términos en que tal mandamiento es recurrible, facultan la ejecución de las determinaciones que del mismo dimanan, incluso, mediando en su contra la sustanciación del recurso de referencia, puesto que los efectos de la apelación de ese mandamiento permiten su ejecución, dado que esa es la distinción que singulariza al recurso de apelación admitido en el efecto devolutivo. Por ello, cuando en un juicio de amparo se reclama la orden de identificación administrativa emitida al dictarse el auto de formal prisión, contra el cual el quejoso interpuso recurso de apelación, pendiente de resolverse, basando en tal circunstancia la inconstitucionalidad del acto reclamado, no procede concederle la protección constitucional, ya que el efecto devolutivo en el que es admitido el recurso, hace imperativo que, entre tanto se resuelve, se ejecuten las determinaciones que de aquél deriven, entre las que se encuentra, acorde con el numeral 165 del propio código, la identificación administrativa del procesado. Sin que a ello resulte oponible que al ejecutarse tal acto, aún esté pendiente de firmeza la resolución de la que dimana, porque paralelo a la posibilidad de ejecutar las resoluciones impugnadas bajo el efecto devolutivo, está la de retrotraer los efectos jurídicos que con la misma se hubieren producido, en caso de que resulte fundado el recurso, lo cual ocasionará que dichas consecuencias se nulifiquen.
CUARTO TRIBUNAL COLEGIADO DEL QUINTO CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/179299-933fb2d1/identificacion-administrativa-la-interposicion-del-recurso-de-apelacion · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- IDENTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA DEL PROCESADO. EL JUEZ NO PUEDE OBLIGARLO A QUE SE PRESENTE ANTE LA AUTORIDAD ADMINISTRATIVA A FIN DE QUE SEA RECABADA, CUANDO SE ENCUENTRA PENDIENTE (II.1o.P.89 P)
- IDENTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA DEL PROCESADO. EL JUEZ DE LA CAUSA ESTÁ FACULTADO PARA ORDENAR SU EJECUCIÓN MATERIAL, AUN CUANDO ESTÉ PENDIENTE DE RESOLVERSE EL RECURSO DE APELACIÓN (XV.4o.4 P)
- IDENTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA. LA INTERPOSICIÓN DEL RECURSO DE APELACIÓN CONTRA EL AUTO DE FORMAL PRISIÓN NO IMPIDE LA EJECUCIÓN DE DICHA MEDIDA (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE PUEBLA). (VI.2o.P.133 P)
- DEFINITIVIDAD, PRINCIPIO DE. OBLIGA A AGOTAR EL RECURSO DE REVOCACIÓN PREVISTO EN EL ARTÍCULO 361 DEL CÓDIGO FEDERAL DE PROCEDIMIENTOS PENALES, EN CONTRA DEL AUTO QUE DESECHA EL RE (III.2o.P.253 P)
- IDENTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA DEL PROCESADO. LA INTERPOSICIÓN DEL RECURSO DE APELACIÓN CONTRA EL AUTO DE FORMAL PRISIÓN QUE LA ORDENA SUSPENDE LA EJECUCIÓN DE AQUÉLLA (ABANDONO DEL (VI.2o.P.13 P (10a.))
- IDENTIFICACION ADMINISTRATIVA. ES UN ACTO DE AUTORIDAD INDEPENDIENTE DEL AUTO DE FORMAL PRISION. (I. 4o. P. 57 P)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis