SUSPENSIÓN CONTRA UNA ORDEN DE REAPREHENSIÓN POR DELITO CONSIDERADO ACTUALMENTE GRAVE, PERO NO EN LA FECHA EN QUE SE COMETIÓ. PROCEDE CONCEDERLA PARA QUE NO SE PRIVE DE LA LIBERTAD AL QUEJOSO (EXCEPCIÓN AL ARTÍCULO 136, QUINTO PÁRRAFO, DE LA LEY DE AMPARO).
Conforme al artículo 136, párrafo quinto, de la Ley de Amparo, cuando se trata de una orden de aprehensión, detención o retención por delitos que conforme a la ley no ameriten la libertad provisional bajo caución, el efecto de la suspensión consiste en que una vez aprehendido o detenido el quejoso quede a disposición del Juez de Distrito en cuanto a su libertad personal en el lugar en que sea recluido y a disposición del Juez de la causa por lo que hace a la continuación de la secuela procesal; sin embargo, esa disposición admite un caso de excepción, a saber: cuando en el momento de cometerse el antijurídico no estaba considerado como grave, aunque en la actualidad ya se establezca con ese carácter por la ley; esto es así, por lo que asomándonos al fondo del asunto existen altas posibilidades de concederse el amparo al quejoso, porque el beneficio de obtener la libertad provisional bajo caución es un derecho sustantivo respecto del que debe aplicarse la retroactividad de la ley en beneficio del reo y, por ello, no es legal emitir un mandamiento de captura por el simple hecho de que un delito cambie de clasificación de no grave a grave. En estas condiciones, debe concederse al quejoso la medida cautelar solicitada para que se mantengan las cosas en el estado que actualmente guardan y no sea privado de su libertad personal con motivo de una orden restrictiva de su libertad por la comisión de un delito que en la fecha en que se cometió no estaba considerado como grave, quedando a disposición del Juez Federal en cuanto a su libertad personal y a la del Juez de la causa para la continuación de ésta, debiéndose fijar las demás medidas de seguridad que marca la ley y que sean necesarias a juicio del juzgador de amparo.
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA PENAL DEL SEXTO CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/179442-91454276/suspension-contra-una-orden-de-reaprehension-por-delito · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
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