EMPLAZAMIENTO. SU ILEGALIDAD DEBE RECLAMARSE EN AMPARO INDIRECTO CUANDO EL QUEJOSO SE OSTENTE COMO TERCERO EXTRAÑO POR EQUIPARACIÓN, AUN CUANDO NO EXISTA UNA EJECUCIÓN DIRECTA EN SU CONTRA.
Cuando un demandado acude al juicio de amparo reclamando su ilegal emplazamiento realizado en el procedimiento natural, lo que pretende es que se respeten sus derechos para comparecer a juicio en debida forma para poder hacerlos valer y oponerse a los reclamos hechos en su contra, lo que resulta procedente con independencia de la etapa procesal en que dicho juicio se encuentre, puesto que no debe considerarse que la parte demandada únicamente esté en aptitud de ocurrir al juicio de garantías hasta que exista alguna determinación con carácter de ejecución en su contra, dado que eventualmente se podría actualizar diversa causal de improcedencia, consistente en que la presentación de la demanda de amparo resultara extemporánea por haber conocido anticipadamente el emplazamiento que se combate; de tal suerte que sin importar la etapa procesal en que se encuentre el juicio natural, la parte demandada puede ocurrir en petición de amparo ostentándose como tercero extraño por equiparación, aun cuando no exista una orden de ejecución directa o la propia ejecución para afectar sus intereses legales, ya que sus derechos se ven lesionados de una manera tan trascendental y grave con la falta de emplazamiento legal que no puede diferirse su análisis en el juicio de garantías.
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL TERCER CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/179917-26ecf44a/emplazamiento-su-ilegalidad-debe-reclamarse-en-amparo-indirecto · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
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