INTERÉS JURÍDICO EN EL AMPARO. SE AFECTA SI EL ACTO RECLAMADO IMPONE UNA OBLIGACIÓN AL QUEJOSO, INCLUSO EN AUSENCIA DE APERCIBIMIENTO EN CASO DE INCUMPLIMIENTO.
En términos del artículo 107, fracción I, de la Carta Magna, en relación con los diversos 4o. y 5o., fracción I, de la Ley de Amparo, el juicio de garantías solamente puede pedirse contra actos que afecten el interés jurídico del quejoso, el cual debe entenderse como el cúmulo de derechos subjetivos tutelados por la ley a favor de una persona; así, su afectación se traduce en una perturbación, disminución o privación de la libertad, patrimonio o derechos. Ahora bien, si en el acto reclamado la autoridad responsable ordena al impetrante de garantías realizar determinada conducta, se afecta indudablemente su esfera jurídica, al imponerle una obligación que incide en su patrimonio o derechos legalmente reconocidos; por tanto, la circunstancia de que en dicho acto no se aperciba a la quejosa con sanción alguna en caso de incumplimiento, es insuficiente para estimar que se acredita la causa de improcedencia prevista en el artículo 73, fracción V, de la Ley de Amparo, toda vez que el interés jurídico no está condicionado a la existencia de un apercibimiento o amenaza por parte del Estado para la procedencia del juicio de garantías.
SÉPTIMO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/181115-1f5a623f/interes-juridico-en-el-amparo-se-afecta-si · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- AMPARO, INTERES JURIDICO PARA LA PROCEDENCIA DEL. (s/clave)
- INTERES JURIDICO EN EL AMPARO. (s/clave)
- INTERES JURIDICO EN EL AMPARO, DEBE PROBARSE INDEPENDIENTEMENTE DE LA EXISTENCIA DEL ACTO RECLAMADO. (II.2o.C.T.5 K)
- INTERÉS JURÍDICO EN AMPARO DIRECTO. NO LO ACREDITA EL QUEJOSO POR EL SOLO HECHO DE HABER SIDO PARTE EN EL JUICIO EN QUE SE EMITIÓ LA SENTENCIA RECLAMADA, SI NO SE AFECTÓ SU DERECHO (VII.2o.C.29 K)
- ACTO RECLAMADO. CUANDO NO AFECTA LOS INTERESES JURIDICOS DEL QUEJOSO PROCEDE EL SOBRESEIMIENTO DEL JUICIO DE AMPARO. (s/clave)
- INTERÉS JURÍDICO Y LEGITIMACIÓN EN EL AMPARO. SU DISTINCIÓN. (I.7o.A.129 K)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis