INCIDENTE DE OBJECIÓN DE DOCUMENTOS EN EL JUICIO ORDINARIO MERCANTIL. TANTO LAS CUESTIONES PROCESALES HABIDAS EN AQUÉL COMO SU RESULTADO, INFLUIRÁN CONJUNTAMENTE CON LAS PRUEBAS APORTADAS POR LAS PARTES EN EL NEGOCIO DE FONDO AL DICTARSE LA SENTENCIA DEFINITIVA.
Si en el juicio ordinario mercantil la demandada promueve el incidente de objeción de documentos y la sentencia interlocutoria que lo resuelve lo declara fundado, dicha determinación sólo producirá el efecto de tener por objetados en tiempo y forma los documentos en cuanto a su alcance y valor probatorio, sin perjuicio de que el órgano jurisdiccional se reserve la valoración, tanto de los documentos objetados, base de la acción, como de las manifestaciones de la actora en el desahogo de la vista incidental, para el momento de dictar sentencia definitiva, conjuntamente con el diverso material probatorio aportado por las partes en el juicio ordinario, de lo que se advierte que tanto las cuestiones procesales que surjan del incidente como su resultado, influirán en la sentencia definitiva emitida en el negocio principal, de tal suerte que si el juzgador hace efectivo el apercibimiento de tener por ciertas las afirmaciones de la actora en el negocio principal, de que obran en poder de la demandada determinadas facturas originales, de servicios prestados por la primera en términos del artículo 287 del Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal, de aplicación supletoria en materia mercantil, es un auto firme si no se impugna por la reo y actora en el incidente de objeción, a través del recurso de apelación que establece el artículo 1356 del Código de Comercio. No obsta a lo anterior que sean válidos los argumentos de que el incidente se tramita por cuerda separada del principal y que, por tanto, no deberá influir en el fondo del negocio, lo cual es erróneo, toda vez que el fallo definitivo se emitirá con base en las pruebas aportadas por ambas partes, tanto en el incidente como en el contradictorio principal.
SEXTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/181322-91bbb352/incidente-de-objecion-de-documentos-en-el-juicio · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
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