UNIDADES DE INVERSIÓN (UDIS), CRÉDITO OTORGADO EN. CONSTITUYE UNA CANTIDAD LÍQUIDA PARA DEMANDAR EN JUICIO.
La figura jurídica denominada "unidades de inversión", conocida por sus siglas "Udis", de contratación potestativa, exclusivamente para actos jurídicos, financieros y mercantiles, cuya finalidad es actualizar el monto de la obligación de pago, en moneda nacional, al ritmo de la inflación, constituye una cantidad líquida para demandar en juicio, porque de acuerdo con la exposición de motivos que dio origen a las unidades de inversión, las mismas tienen un valor en moneda nacional que el Banco de México calculará y dará a conocer cada día, mediante la publicación respectiva en el Diario Oficial de la Federación; lo que significa que en las operaciones mercantiles las partes podrán optar por pactar las obligaciones en nuevos pesos o en "Udis"; y si las operaciones se hicieron con base en este último caso, es obvio que la acción intentada en la vía y forma propuesta es correcta, porque el deudor se liberaría de la obligación entregando el equivalente en moneda nacional, calculado con base en el valor de la "Udi", en la fecha en que se efectúe el pago.
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO DEL OCTAVO CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/187659-5057e5de/unidades-de-inversion-udis-credito-otorgado-en-constituye · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
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