RENUNCIA. DEBE QUEDAR SIN EFECTOS LA PRESENTADA EN DETERMINADA FECHA, SI CON POSTERIORIDAD A ELLA EL TRABAJADOR CONTINUÓ LABORANDO.
Si el trabajador formula su renuncia en determinada fecha, pero consta que continuó laborando para el patrón en fecha posterior, es inconcuso que, de acuerdo a las reglas de la lógica, al no poder existir dos propósitos contrarios entre sí, debe considerarse entonces, atento la real conducta plasmada fácticamente por el trabajador, que su verdadera intención era seguir prestando sus servicios al patrón y dejar de hecho sin efectos la dimisión presentada con antelación.
QUINTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL PRIMER CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/188113-63300507/renuncia-debe-quedar-sin-efectos-la-presentada-en · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
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