VISITA DOMICILIARIA. DEBE ENTREGARSE AL VISITADO COPIA DEL ACTA FINAL CON LA FIRMA DE TODAS Y CADA UNA DE LAS PERSONAS QUE INTERVINIERON EN LA CITADA DILIGENCIA.
Si bien es cierto que el texto del artículo 46, fracción VI, del Código Fiscal de la Federación, expresamente no establece que en la copia del acta final que se entregue al contribuyente debe constar la firma de todas y cada una de las personas que en ella intervinieron, sin embargo, dicho requisito se infiere de la interpretación teleológica de la disposición en cita, de donde se advierte que su finalidad es el cumplimiento de la garantía de seguridad jurídica de las partes, al establecer que: "... cualquiera de los visitadores que haya intervenido en la visita, el visitado o la persona con quien se entiende la diligencia y los testigos firmarán el acta de la que se dejará copia al visitado. ...", de lo que se desprende que al requerir la firma de todos los que intervinieron en la diligencia, a efecto de que dicha acta sea válida, debe considerarse que al existir obligación de dejar copia del acta en comento al visitado, ésta debe contener la firma de las personas que intervinieron en la diligencia en cuestión. Dicha aseveración se confirma al indicar el precepto de mérito, que si el visitado o la persona con la que se entienda la diligencia o los testigos no comparecen a firmar, se niegan a firmarla, o se niegan a aceptar la copia del acta, tal circunstancia deberá asentarse; por tanto, la omisión de uno de los requisitos establecidos para el desarrollo de las visitas domiciliarias, como lo es la entrega al visitado de la copia del acta final, sin asentar la firma de los que intervinieron en su levantamiento, afecta sus defensas y puede tener trascendencia en el resultado de la resolución correspondiente, toda vez que el acta final que debe tenerse como válida es en la que constan las firmas de quienes en ella intervinieron y, en consecuencia, debe entenderse que la copia que se debe entregar al visitado es precisamente en la que aparecen las firmas de todos los que intervinieron y no otra copia diversa.
DÉCIMO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/191276-f0559af7/visita-domiciliaria-debe-entregarse-al-visitado-copia-del · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
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