Corpus Iuris Corpus · Iuris
✦ Corpus Búsqueda libre Leyes Jurisprudencia Precedentes Actualización legal

SALUD, DELITO CONTRA LA. INTERPRETACIÓN DE LA PENALIDAD ATENUADA ESTABLECIDA EN LA ÚLTIMA PARTE DEL ARTÍCULO 195 BIS DEL CÓDIGO PENAL FEDERAL.

Clave: XII.2o.14 P · Registro digital (IUS): 196521 · Tipo: Tesis aislada
Época: 9a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta
Localización: [TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo VII, Abril de 1998; Pág. 779

La penalidad atenuada prevista en la última parte del artículo 195 bis del Código Penal Federal, en cuanto señala que: "... si el narcótico no se encuentra comprendido en las mismas, se aplicará hasta la mitad de las penas señaladas en el artículo anterior.", únicamente es aplicable para el caso en que el narcótico asegurado, atendiendo a su composición química, no se localice entre los enumerados en las tablas del apéndice 1 de ese ordenamiento, sin que sea dable considerar que si la cantidad o peso es la que no se ubica en las tablas, tenga aplicación dicho precepto, ya que entonces se estará en presencia de los diversos tipos penales contemplados en los artículos 194 o 195 del citado código punitivo, según sea el caso; por tanto, si el sentenciado alega que su conducta debió encuadrarse en la hipótesis prevista en la última parte del artículo 195 bis, y no en el 194, fracción I, del cuerpo de leyes en comento, en virtud de que los sesenta y dos kilos de marihuana que transportaba no se encuentran comprendidos en las aludidas tablas, tal alegato parte de una falsa apreciación, tomando como base que ese narcótico, conforme a su naturaleza, se localiza en la primera línea vertical de la tabla 1 de ese apéndice.

SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL DÉCIMO SEGUNDO CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/196521-c4ee74b8/salud-delito-contra-la-interpretacion-de-la-penalidad · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo directo 514/97. Leonel Villaseñor Heredia. 24 de marzo de 1998. Unanimidad de votos. Ponente: Jorge Enrique Eden Wynter García. Secretaria: María Leonor Pacheco Figueroa.

Jurisprudencia relacionada

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis