DAÑO, REPARACIÓN DEL, CUANDO EXISTE CONCURRENCIA DE CULPAS.
Cuando en un delito cometido por imprudencia el resultado típico se integra por el concurso de culpas del quejoso y del ofendido, resulta ilegal que la autoridad responsable condene a aquél a pagarle al sujeto pasivo la totalidad de la suma de dinero en la que los peritos estimaron los daños causados, porque lo justo es que la víctima, al tener también intervención culposa activa en el evento delictivo, soporte parte del daño económico que sufrió. De ahí que el sentenciado deba ser condenado al pago de la reparación del daño en la proporción que le corresponde, en atención tanto a las circunstancias de realización del delito como a las peculiares de los sujetos activos protagonistas, entre las que se encuentran su situación económica y la mayor o menor gravedad de sus respectivas culpas.
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA PENAL DEL PRIMER CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/196676-32f0ff0c/dano-reparacion-del-cuando-existe-concurrencia-de-culpas · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- REPARACION DEL DAÑO. (s/clave)
- REPARACION DEL DAÑO. SU PAGO NO EXONERA DE LA PENALIDAD. (s/clave)
- REPARACIÓN DEL DAÑO NO EXIGIBLE A TERCEROS.- (5505)
- REPARACION DEL DAÑO. (s/clave)
- REPARACION DEL DAÑO, PENA DE. CONCURRENCIA DE CULPAS, EL MONTO DE LOS DAÑOS QUE RESULTE DEL EVENTO DEBE CUBRIRSE POR AMBOS ACUSADOS EN PROPORCION AL GRADO DE SU IMPRUDENCIA. COLISI (s/clave)
- REPARACION DEL DAÑO. SU CONDENA PROCEDE AUNQUE EL OFENDIDO ADEUDE SU IMPORTE.- (5509)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis