IMPEDIMENTO. ES INFUNDADO CUANDO UN MAGISTRADO, EN APELACIÓN, CONOCE TANTO DEL AUTO DE FORMAL PRISIÓN COMO DE LA SENTENCIA DEFINITIVA.
Es evidente que no se actualiza el impedimento de un Magistrado para conocer, en apelación, de la sentencia dictada por el Juez de primera instancia, bajo el argumento de que previamente resolvió el recurso interpuesto contra el auto de formal prisión y que al confirmarlo externó opinión acerca de la comprobación del delito o delitos imputados, así como de la probable responsabilidad del inculpado en su comisión. Tal argumento carece de sustento legal, en virtud de que si bien es cierto que en la primera resolución se decidió sobre la probable responsabilidad del procesado, también lo es que en la sentencia definitiva se determinó respecto de la plena responsabilidad, lo que implica que el Magistrado conoció de una misma causa, pero encontrándose en estadios procesales diversos, de ahí que el hecho de que se haya confirmado la formal prisión no quiere decir que necesariamente influya sobre la resolución definitiva. No debe olvidarse que el objeto de la instrucción es allegar pruebas al juzgador que conlleven a establecer si el inculpado es o no responsable del ilícito que se tuvo por demostrado, o bien, que no se actualizaron los elementos del tipo que en la formal prisión se tuvieron por acreditados, pues al considerar lo contrario, se caería en el absurdo de que el Juez que ordena la aprehensión y declara formalmente preso a un sujeto, estaría impedido para resolver el fondo de la litis a través de la sentencia condigna, circunstancia que implicaría una división del procedimiento penal, lo cual, jurídicamente, no puede acontecer ya que dicho proceso está sujeto a una continuidad procesal.
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA PENAL DEL TERCER CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/197596-9fd405a4/impedimento-es-infundado-cuando-un-magistrado-en-apelacion · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- IMPEDIMENTO. ES INFUNDADO EL PLANTEADO POR EL AHORA MAGISTRADO DEL TRIBUNAL UNITARIO PARA CONOCER DEL RECURSO DE APELACIÓN INTERPUESTO CONTRA LA SENTENCIA DE FONDO EN UN JUICIO PEN (XX.2o.97 P )
- IMPEDIMENTO DE MAGISTRADO UNITARIO DE CIRCUITO PARA CONOCER EN OTRA INSTANCIA DE NEGOCIO EN QUE DICTÓ ORDEN DE APREHENSIÓN.- (1483)
- APELACIÓN PENDIENTE CONTRA EL AUTO DE FORMAL PRISIÓN. LA CONFIRMACIÓN DEL ÓRGANO DE SEGUNDO GRADO DE LA SENTENCIA DE PRIMERA INSTANCIA GENERA UN CAMBIO DE SITUACIÓN JURÍDICA QUE PR (XIX.2o.45 P)
- IMPEDIMENTO. ES PROCEDENTE DECLARAR QUE UN MAGISTRADO NO DEBE CONOCER DEL AMPARO DIRECTO INTERPUESTO CONTRA LA SENTENCIA DICTADA EN EL PROCESO, CUANDO CON ANTERIORIDAD EXAMINO EL A (1a./J. 1/91)
- DERECHO DE PETICIÓN. NO IMPIDE RESPETARLO EL HECHO DE QUE LA INCULPADA ESTÉ SUSTRAÍDA A LA ACCIÓN DE LA JUSTICIA, PUES DESCONOCERLO IMPLICA UNA VIOLACIÓN DIRECTA A LA CONSTITUCIÓN (I.3o.P.73 P)
- IMPEDIMENTO DE MAGISTRADO UNITARIO DE CIRCUITO PARA CONOCER EN OTRA INSTANCIA DE NEGOCIO EN QUE DICTO ORDEN DE APREHENSION. (s/clave)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis