Corpus
Modo: Corpus Pro

LEY FEDERAL DE PROTECCION AL CONSUMIDOR. NO ADMITE APLICACION SUPLETORIA EN MATERIA DE RECURSOS.

Clave: IX.1o.5 A · Registro digital (IUS): 199140 · Tipo: Tesis aislada
Época: 9a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta
Localización: [TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo V, Marzo de 1997; Pág. 821

El artículo 135 de la Ley Federal de Protección al Consumidor previene expresamente la procedencia del recurso de revisión en contra de las resoluciones dictadas con fundamento en sus disposiciones, independientemente de la facultad que a la autoridad otorga el artículo 134 de la misma ley, para condonar, reducir o conmutar las multas y sanciones en general que hubiere impuesto; por tanto, debe considerarse que en materia de recursos, no cabe aplicar supletoriamente otro ordenamiento legal, pues tal supletoriedad se daría sólo en el supuesto de que la mencionada Ley Federal de Protección al Consumidor no estableciera algún recurso.

PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO DEL NOVENO CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/199140-6d0bddaa/ley-federal-de-proteccion-al-consumidor-no-admite · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo en revisión 355/96. Albino Almaguer Cardona, representante de "Caja Popular San Luis Rey". 13 de febrero de 1997. Unanimidad de votos. Ponente: Guillermo Baltazar Alvear. Secretario: José Luis Solórzano Zavala.

Jurisprudencia relacionada

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
© 2026 Corpus Iuris · Información de carácter referencial. El texto de las tesis es información pública de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Compilación, búsqueda semántica y tesis relacionadas: © Corpus Iuris. Este contenido no constituye asesoría legal.

Información referencial — la responsabilidad de validar las citas es del usuario.