SUSPENSION. MONTO DE LA GARANTIA PARA OBTENERLA. DEBE SER FIJADO CON BASE EN LAS PRESTACIONES RECLAMADAS EN EL PROCEDIMIENTO GENERADOR DEL ACTO RECLAMADO.
De la recta interpretación del artículo 125 de la Ley de Amparo se deduce que el Juez de Distrito, al fijar el monto de la garantía que debe exhibir el quejoso para gozar de la suspensión de los actos reclamados, debe hacerlo tomando como base las prestaciones reclamadas en el mismo, a efecto de garantizar los perjuicios que dicha medida cautelar pueda ocasionar al tercero perjudicado; por tanto, si el Juez a quo establece una fianza desproporcionada y excesiva respecto de las prestaciones exigidas en el procedimiento del que emana el acto reclamado, infringe la disposición legal citada.
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL SEXTO CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/199765-6158569b/suspension-monto-de-la-garantia-para-obtenerla-debe · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- SUSPENSIÓN EN AMPARO. LA DISCRECIONALIDAD DEL JUEZ DE DISTRITO PARA FIJAR EL MONTO DE LA GARANTÍA PARA QUE SURTA EFECTOS DICHA MEDIDA CAUTELAR DEBE SUSTENTARSE, ENTRE OTRAS CIRCUNS (VI.2o.C. J/274)
- SUSPENSION. FACULTAD DISCRECIONAL PARA FIJAR EL MONTO DE LA GARANTIA, DEBE FUNDARSE Y MOTIVARSE. (XI.1o.1 K)
- SUSPENSION. MONTO DE LA GARANTIA TRATANDOSE DEL SEGUNDO PARRAFO DEL ARTICULO 125 DE LA LEY DE AMPARO. (s/clave)
- SUSPENSION PROVISIONAL. DEBE MOTIVARSE LA FIJACION DE LA GARANTIA QUE CONDICIONE LA, CUANDO EXISTE TERCERO PERJUDICADO. (XIX.2o.12 K)
- SUSPENSION, FIANZA PARA LA. DEBE FIJARSE UN MONTO UNICO PARA QUE SURTA EFECTOS. (s/clave)
- SUSPENSION PROVISIONAL, FIJACION DEL MONTO DE LA GARANTIA PARA LA. DEBE HACERSE ATENDIENDO A LAS CIRCUNSTANCIAS DEL CASO. (s/clave)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis