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Modo: Corpus Pro

EMBARGO DE CUENTAS BANCARIAS DECRETADO EN EL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DE EJECUCIÓN. SUS CARACTERÍSTICAS PARA EFECTOS DE LA PROCEDENCIA DEL AMPARO EN SU CONTRA.

Clave: II.3o.A.109 A (10a.) · Registro digital (IUS): 2005965 · Tipo: Tesis aislada
Época: 10a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Gaceta del Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 10a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 4, Marzo de 2014; Tomo II; Pág. 1768

De la ejecutoria dictada por la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, al resolver la contradicción de tesis 208/2010, publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XXXII, noviembre de 2010, página 104, se advierte que no es cualquier embargo de cuentas bancarias decretado en el procedimiento administrativo de ejecución el que puede impugnarse en el amparo como acto intermedio, sino únicamente el practicado bajo la modalidad conocida como "congelamiento de cuentas bancarias", el cual no es propiamente un embargo al dinero depositado en la cuenta de un contribuyente, sino una medida de inmovilización ordenada por las autoridades tributarias y materializada por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, que consiste en que no pueden realizarse movimientos en las cuentas de los contribuyentes (retiros o depósitos); lo que les impide cumplir con sus obligaciones fiscales, así como disponer libremente del dinero depositado en dichas cuentas para pagos de salario, adeudos, etcétera, y sólo cuando se presenta ese peculiar embargo, con características de inmovilización o congelamiento, se actualiza la procedencia del juicio constitucional, mas no en los casos en que sólo se embargue dinero que hubiere en una cuenta de banco en los procedimientos administrativos de ejecución.

TERCER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL SEGUNDO CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/2005965-2c5e9e31/embargo-de-cuentas-bancarias-decretado-en-el-procedimiento · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo en revisión 284/2011. Titular del Centro de Servicios Fiscales Toluca y Notificadora Ejecutora, ambos de la Secretaría de Finanzas del Gobierno del Estado de México. 26 de abril de 2012. Mayoría de votos. Disidente y Ponente: Salvador González Baltierra. Encargado del engrose: Emmanuel G. Rosales Guerrero. Secretaria: Claudia Rodríguez Villaverde.

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