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Modo: Corpus Pro

INTERÉS LEGÍTIMO. LOS CONDÓMINOS QUE EXHIBEN COPIAS SIMPLES DE SUS INSTRUMENTOS NOTARIALES RESPECTIVOS, LO ACREDITAN PARA INSTAR EL INICIO DEL PROCEDIMIENTO DE VERIFICACIÓN DENTRO DEL RÉGIMEN DE PROPIEDAD EN CONDOMINIO EN EL ESTADO DE PUEBLA.

Clave: VI.1o.A.67 A (10a.) · Registro digital (IUS): 2006410 · Tipo: Tesis aislada
Época: 10a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Gaceta del Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 10a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 6, Mayo de 2014; Tomo III; Pág. 2062

Los artículos 50, segundo párrafo, de la Ley que Regula el Régimen de Propiedad en Condominio para el Estado de Puebla, y 72, primer párrafo, del Reglamento para el Municipio de Puebla de dicha ley, establecen que quien tenga la calidad de administrador, condómino, residente o poseedor, podrá solicitar la intervención del Síndico Municipal para la verificación del cumplimiento de la normativa de la materia. Ello implica que si no sólo quienes justifiquen la propiedad del bien inmueble de régimen en condominio pueden instar a la autoridad municipal para la verificación aludida, sino también aquellos que no teniendo tal carácter, sean simples residentes o poseedores del bien; con mayor razón los inconformes que sólo exhiben copias simples de los instrumentos notariales de propiedad en condominio, acreditan tener interés legítimo, al demostrar indiciariamente ser propietarios, para instar al Síndico del Ayuntamiento del Municipio de Puebla a iniciar el procedimiento de verificación correspondiente. En efecto, de conformidad con lo dispuesto por la normativa estatal y municipal que regula el régimen de propiedad en condominio, que establece que incluso personas con menor entidad que los propietarios, como es el caso de los residentes o poseedores de los bienes inmuebles en condominio, pueden solicitar la intervención de la autoridad municipal para que se inicie el procedimiento de verificación, en aras de preservar el bien social superior que es salvaguardar la armonía en el régimen en condominio, y evitar el abuso de alguno de los condóminos en perjuicio de los demás, es inconcuso que quienes exhiben copias simples de sus títulos de propiedad, también están legitimados para hacerlo.

PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL SEXTO CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/2006410-bafe8896/interes-legitimo-los-condominos-que-exhiben-copias-simples · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo en revisión 467/2013. Marco Antonio Rivera Ramírez. 26 de febrero de 2014. Unanimidad de votos. Ponente: Jorge Higuera Corona. Secretaria: María Elena Gómez Aguirre.

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