Corpus
Modo: Corpus Pro

AMPARO ADHESIVO. HIPÓTESIS EN LAS QUE RESULTA IMPROCEDENTE DICHA DEMANDA.

Clave: (IV Región)1o.4 K (10a.) · Registro digital (IUS): 2006900 · Tipo: Tesis aislada
Época: 10a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Gaceta del Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 10a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 8, Julio de 2014; Tomo II; Pág. 972

Los motivos de inejercitabilidad de la acción constitucional previstos en el artículo 61 de la Ley de Amparo únicamente pueden actualizarse respecto del amparo directo principal, salvo la hipótesis prevista en su fracción XXIII que debe interpretarse sistemáticamente con los artículos 181 y 182, fracciones I y II, que son las que establecen las causas de improcedencia del amparo adhesivo: 1) cuando dicha demanda no se hubiera presentado oportunamente (dentro de los quince días siguientes al en que se notificó al adherente la admisión del amparo directo principal); 2) cuando el adherente no exprese conceptos de violación para tratar de fortalecer las consideraciones vertidas en el fallo definitivo; o, 3) cuando no se hayan hecho valer las violaciones procesales existentes que pudieran afectar sus defensas y trascender al resultado del fallo.

PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO DE CIRCUITO DEL CENTRO AUXILIAR DE LA CUARTA REGIÓN.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/2006900-9181f9fa/amparo-adhesivo-hipotesis-en-las-que-resulta-improcedente · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo directo 1719/2013 (cuaderno auxiliar 202/2014) del índice del Primer Tribunal Colegiado en Materias Penal y de Trabajo del Décimo Noveno Circuito, con apoyo del Primer Tribunal Colegiado de Circuito del Centro Auxiliar de la Cuarta Región, con residencia en Xalapa, Veracruz. Comisión Federal de Electricidad. 27 de marzo de 2014. Unanimidad de votos. Ponente: Sofía Virgen Avendaño. Secretaria: Lorena García Vasco Rebolledo. Amparo directo 1706/2013 (cuaderno auxiliar 286/2014) del índice del Primer Tribunal Colegiado en Materias Penal y de Trabajo del Décimo Noveno Circuito, con apoyo del Primer Tribunal Colegiado de Circuito del Centro Auxiliar de la Cuarta Región, con residencia en Xalapa, Veracruz. Comisión Federal de Electricidad. 3 de abril de 2014. Unanimidad de votos. Ponente: Sofía Virgen Avendaño. Secretaria: Ana Livia Sánchez Campos. Nota: Esta tesis fue objeto de la denuncia relativa a la contradicción de tesis 450/2018 de la Segunda Sala de la que derivó la tesis jurisprudencial 2a./J. 91/2019 (10a.) de título y subtítulo: "AMPARO ADHESIVO. NO LE RESULTAN APLICABLES LAS CAUSALES DE IMPROCEDENCIA PREVISTAS EN EL ARTÍCULO 61 DE LA LEY DE AMPARO, SALVO LA CONTENIDA EN SU FRACCIÓN XXIII, EN RELACIÓN CON LOS NUMERALES 181 Y 182 DE LA MISMA LEY."

Jurisprudencia relacionada

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
© 2026 Corpus Iuris · Información de carácter referencial. El texto de las tesis es información pública de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Compilación, búsqueda semántica y tesis relacionadas: © Corpus Iuris. Este contenido no constituye asesoría legal.

Información referencial — la responsabilidad de validar las citas es del usuario.