LOCALIZACIÓN GEOGRÁFICA EN TIEMPO REAL DE LOS EQUIPOS DE COMUNICACIÓN MÓVIL PREVISTA EN EL ARTÍCULO 190, FRACCIÓN I, DE LA LEY FEDERAL DE TELECOMUNICACIONES Y RADIODIFUSIÓN. AUTORIDADES COMPETENTES PARA SOLICITARLA Y PRESUPUESTOS QUE LA AUTORIZAN.
Si bien la mencionada disposición legal hace referencia expresa a las "instancias de seguridad, procuración y administración de justicia" como las autoridades con que los concesionarios de telecomunicaciones y los autorizados deben colaborar en la localización geográfica en tiempo real de los equipos de comunicación móvil, lo cierto es que a fin de lograr un óptimo grado de certidumbre jurídica a los gobernados, así como enmarcar adecuadamente la actuación de las autoridades en esta materia, se considera que las autoridades a que se refiere la porción normativa aludida son: (I) el Procurador General de la República, así como los Procuradores de las entidades federativas y, en su caso, los servidores públicos en quienes deleguen esta facultad, en términos del artículo 21 de la Constitución Federal; (II) la Policía Federal, conforme a lo previsto en el artículo 8, fracción XXVIII, de la ley que la regula; y, (III) la autoridad encargada de aplicar y coordinar directamente la instrumentación de la Ley de Seguridad Nacional en los supuestos establecidos en su artículo 5. Así, sólo las autoridades referidas podrán solicitar la localización geográfica en tiempo real de los equipos de comunicación móvil cuando se presuma que existe un peligro para la vida o la integridad de las personas, lo que implica que dicha facultad no se circunscribe a un catálogo de delitos determinado, sino que encuentra su razón jurídica en la tutela de los derechos humanos a la vida y a la integridad personal, como valor supremo a cargo del Estado mexicano.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/2012191-abafc8cb/localizacion-geografica-en-tiempo-real-de-los-equipos · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
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