DATOS DE PRUEBA EN LA AUDIENCIA INICIAL DEL PROCESO PENAL ACUSATORIO Y ORAL. SU DESECHAMIENTO POR EL JUEZ DE CONTROL, CONSTITUYE UN ACTO DE IMPOSIBLE REPARACIÓN IMPUGNABLE EN AMPARO INDIRECTO.
Para concluir que el desechamiento de los datos de prueba ofrecidos por el imputado y su defensa en la audiencia inicial del proceso penal acusatorio y oral, no afecta directamente un derecho sustantivo del quejoso, se requiere de un análisis acucioso y detallado de las normas jurídicas que integran el proceso penal adversarial, ya que cada etapa es independiente, con consecuencias jurídicas distintas. Por tanto, en su caso, el rechazo de datos de prueba realizado por un Juez de control en la audiencia inicial, ya no podrá ser subsanado o analizado en las otras etapas del proceso (intermedia, de debate oral y recursiva, y de ejecución), precisamente por la independencia de éstas. Por lo que al tratarse del nuevo sistema procesal penal, que se caracteriza por la independencia de las etapas que lo integran, incluso, porque es diverso el juzgador que las conduce y que en cada una de ellas ya no puede considerarse lo desahogado en una previa, no puede afirmarse que las violaciones que se produzcan con los acuerdos reclamados no sean de imposible reparación. Máxime que de alegarse como violación procesal en amparo directo contra la sentencia definitiva, la concesión no podría tener el alcance de considerar lo ocurrido en la etapa de investigación complementaria, pues para la emisión del acto reclamado -que sería la litis en el juicio uniinstancial- sólo se tomaría en cuenta lo acaecido en la audiencia de juicio; de ahí que el desechamiento aludido constituye un acto de imposible reparación impugnable en el juicio de amparo indirecto.
SÉPTIMO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA PENAL DEL PRIMER CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/2013822-8dd796a8/datos-de-prueba-en-la-audiencia-inicial-del · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
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