INFORME JUSTIFICADO. SI EL JUEZ DE DISTRITO INADVIERTE QUE SU CONTENIDO ES INCONGRUENTE CON LOS ACTOS RECLAMADOS PRECISADOS EN LA DEMANDA DE AMPARO Y, POR ELLO, OMITE REQUERIR A LA AUTORIDAD RESPONSABLE PARA SU ACLARACIÓN, ESA CIRCUNSTANCIA CONDUCE A REVOCAR LA SENTENCIA RECURRIDA Y ORDENAR LA REPOSICIÓN DEL PROCEDIMIENTO PARA ESE EFECTO Y, EN SU CASO, SE REMITAN LAS CONSTANCIAS CORRESPONDIENTES.
De la interpretación sistemática de los artículos 75, 76 y 117 de la Ley de Amparo deriva, entre otras cuestiones, que en el informe justificado deben exponerse las razones y fundamentos que se estimen pertinentes para sostener la improcedencia del juicio, y la constitucionalidad o legalidad del acto reclamado y anexar copia certificada de las constancias necesarias para apoyarlo. Ahora bien, para determinar la existencia de los actos reclamados es necesario que en el informe justificado la responsable se refiera con precisión y de manera particular a cada uno de los que detalle el quejoso; de otra manera, generaría incertidumbre sobre lo que debiera tenerse por probado y no habría condiciones para emitir pronunciamiento alguno, al no quedar claramente fijada la litis constitucional. Lo anterior adquiere relevancia, pues a fin de resolver lo efectivamente planteado, el Juez Federal está obligado a analizar íntegramente los argumentos contenidos en la demanda y las demás constancias de autos que se encuentren vinculadas con la materia de la litis, como el acto reclamado, el informe justificado y las pruebas aportadas; de ahí la necesidad de que exista congruencia entre lo reclamado por el quejoso en su demanda, con lo manifestado en relación con tal aspecto por las responsables en el informe justificado, incluso, lo contenido en lo que la responsable acompañe como anexo a su informe; de no ser así, surge la facultad del Juez para requerir a las responsables, a fin de que aclaren el informe justificado, ante la incoincidencia de lo que en éste se señale con lo que se aduzca en la demanda, pues si por inadvertirlo omite hacerlo, esa circunstancia conduce a revocar la sentencia recurrida y ordenar la reposición del procedimiento para que requiera a las responsables que aclaren las incongruencias advertidas en su informe justificado y, en su caso, remitan las constancias que lo justifiquen.
SÉPTIMO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA PENAL DEL PRIMER CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/2015891-0cb738bb/informe-justificado-si-el-juez-de-distrito-inadvierte · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
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