Corpus
Modo: Corpus Pro

RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVAS DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS. LA PROMOCIÓN DEL JUICIO DE AMPARO CONTRA ACTOS DEL PROCEDIMIENTO PREVISTO EN LA LEY FEDERAL RELATIVA ABROGADA, ES APTA PARA INTERRUMPIR EL PLAZO DE PRESCRIPCIÓN DE LAS FACULTADES SANCIONADORAS.

Clave: I.1o.A.185 A (10a.) · Registro digital (IUS): 2016268 · Tipo: Tesis aislada
Época: 10a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Gaceta del Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 10a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 51, Febrero de 2018; Tomo III; Pág. 1544

De la interpretación del artículo 34, tercer párrafo, de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos abrogada se colige que, además de que el plazo de prescripción de las facultades sancionadoras se interrumpe al iniciarse el procedimiento previsto por ese ordenamiento, los actos de la autoridad instructora, así como las promociones del servidor público, también actualizan esa institución procesal. Por tanto, si a quien se atribuye la infracción, durante la fase procedimental promueve el juicio de amparo contra los actos relativos, debe considerarse como una actuación que interrumpe el plazo de la prescripción, pues con independencia del resultado del medio de control de la constitucionalidad, lo cierto es que la voluntad de controvertir cualquier determinación u omisión relacionada con el procedimiento administrativo que se le instruye es una muestra de actividad e interés relacionados con su causa, que queda comprendida en el rubro de "promociones", aun cuando sea un órgano diverso quien habrá de tramitar y resolver, ya que lo relevante es que guarda relación indisoluble con su defensa, y de la que habrá de producirse un despliegue de actos de quien será llamada como autoridad responsable.

PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/2016268-5c6f8ea5/responsabilidades-administrativas-de-los-servidores-publicos-la-promocion · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Revisión administrativa (Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo) 214/2017. Titular de la Unidad de Asuntos Jurídicos de la Secretaría de la Función Pública. 24 de agosto de 2017. Unanimidad de votos. Ponente: Joel Carranco Zúñiga. Secretario: Marco Aurelio Araiza Arroyo.

Jurisprudencia relacionada

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
© 2026 Corpus Iuris · Información de carácter referencial. El texto de las tesis es información pública de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Compilación, búsqueda semántica y tesis relacionadas: © Corpus Iuris. Este contenido no constituye asesoría legal.

Información referencial — la responsabilidad de validar las citas es del usuario.