SUSPENSIÓN DEL ACTO RECLAMADO. LA VALORACIÓN QUE SE REALICE PARA EFECTOS DE APRECIAR SI EXISTE AFECTACIÓN AL INTERÉS SOCIAL PARA DETERMINAR LA CONCESIÓN DE LA SUSPENSIÓN EN EL CASO DEL CORTE DE ENERGÍA ELÉCTRICA, DEBE TOMAR EN CUENTA QUE DICHO SERVICIO PÚBLICO ES INTERDEPENDIENTE CON EL EJERCICIO DE DERECHOS HUMANOS.
Por regla general, la concesión de la suspensión a un usuario que cuenta con un contrato de suministro, para que se reconecte el suministro eléctrico, no causa afectación al interés social ni contraviene disposiciones de orden público, en tanto que no implica que se cause perjuicio en contra de la colectividad si como condición para la eficacia de la medida cautelar se garantiza que se realice el pago, como sí lo representaría el hecho de que se dejase de pagar el servicio, pues se trata de un servicio de carácter público que debe prestarse de manera ininterrumpida y para ello requiere que los usuarios cubran la contraprestación por sus consumos. En cambio, la negativa de la suspensión impondría a la parte que la solicita un menoscabo en su esfera jurídica que puede calificarse como irreparable, pues de no contar con el servicio de energía eléctrica se pondría en significativo riesgo la realización de sus actividades e, incluso, la satisfacción de sus necesidades, por lo que en la ponderación sobre el perjuicio al interés público y la necesidad de conceder la suspensión, normalmente se debe dar mayor peso al perjuicio que pudiera resentir el inconforme, dada la vital trascendencia que la energía eléctrica representa para las personas y para sus actividades diarias, así como para el ejercicio de derechos humanos, tales como la libertad de trabajo, la libertad de comercio o el que resulte, según el caso.
DÉCIMO OCTAVO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/2016889-051622ac/suspension-del-acto-reclamado-la-valoracion-que-se · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
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