OBLIGACION DE LAS AUTORIDADES DE EXPEDIR COPIAS Y DOCUMENTOS QUE SOLICITEN LAS PARTES PARA EL JUICIO DE GARANTIAS. EL QUEJOSO DEBE SOLICITAR AL JUEZ DE DISTRITO QUE REQUIERA A LAS OMISAS PARA QUE CUMPLAN CON LA.
De conformidad con el artículo 152 de la Ley de Amparo, a fin de que las partes puedan rendir pruebas en la audiencia constitucional las autoridades tienen la obligación de expedir copias y documentos que soliciten, en la inteligencia que si las autoridades no cumplieren con ello el interesado, solicitará al Juez que requiera a las omisas; el Juez hará el aplazamiento por un término que no exceda de diez días. De ahí, que una correcta interpretación de este precepto legal, nos conduce a la convicción de que, para que opere la obligación del Juez de Distrito de requerir a las autoridades omisas, previamente debe mediar solicitud de parte interesada, por tanto, si el quejoso no hizo petición alguna, el Juez a quo no está en aptitud de proveer sobre ese aspecto por no ajustarse a lo que la ley de la materia establece.
TRIBUNAL COLEGIADO DEL VIGESIMO CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/201913-25a390a4/obligacion-de-las-autoridades-de-expedir-copias-y · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- COPIAS Y DOCUMENTOS PROVENIENTES DE AUTORIDADES. FALTA DE PRUEBA DE SOLICITUD. (VI.2o.156 K)
- COPIAS O DOCUMENTOS EN EL JUICIO DE AMPARO. LA PARTE INTERESADA NO ESTÁ OBLIGADA A DEMOSTRAR LA NEGATIVA EXPRESA POR PARTE DE FUNCIONARIOS O AUTORIDADES DE EXPEDIRLAS PARA QUE EL J (VI.2o.C.280 K)
- AUDIENCIA CONSTITUCIONAL, DEBE DIFERIRSE A PETICION DEL QUEJOSO SI ACREDITA QUE SOLICITO A LA RESPONSABLE COPIAS CERTIFICADAS PARA PRESENTARLAS COMO PRUEBAS EN EL JUICIO DE GARANTI (631)
- COPIAS CERTIFICADAS. EL AUTO DICTADO POR EL JUEZ DE DISTRITO ADMITIENDO QUE LA AUTORIDAD RESPONSABLE LAS EXPIDA A LAS PARTES PARA SER EXHIBIDAS EN EL JUICIO DE AMPARO, SIEMPRE Y CU (s/clave)
- AUDIENCIA CONSTITUCIONAL, DEBE DIFERIRSE A PETICION DEL QUEJOSO SI ACREDITA QUE SOLICITO A LA RESPONSABLE COPIAS CERTIFICADAS PARA PRESENTARLAS COMO PRUEBAS EN EL JUICIO DE GARANTI (XX. J/70)
- PRUEBAS EN EL JUICIO DE AMPARO. LA FACULTAD DEL JUEZ DE DISTRITO PARA REQUERIR A LAS AUTORIDADES OMISAS LA EXHIBICIÓN DE LOS DOCUMENTOS QUE PREVIAMENTE SOLICITÓ EL QUEJOSO, DEBE EN (I.13o.T.13 K)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis