COSTAS Y GASTOS EN MATERIA MERCANTIL. LA RESOLUCION QUE DECIDE EL INCIDENTE DE, ES APELABLE.
Aun cuando el incidente de costas y gastos prepara la ejecución de la sentencia que condena al pago de las mismas, debe tenerse en cuenta que los fallos dictados en dicha incidencia no son en realidad los que se dictan para la ejecución de esa sentencia, ya que el incidente de costas tiene una tramitación especial reglamentada por los artículos 1085 y 1089 del Código de Comercio, y conforme a lo dispuesto en el artículo 1088 en íntima relación con el diverso 1341 del mismo ordenamiento jurídico, procede el recurso de apelación en contra de la sentencia que decida el referido incidente.
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL DECIMO PRIMER CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/202046-96f90baa/costas-y-gastos-en-materia-mercantil-la-resolucion · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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