Corpus
Modo: Corpus Pro

PRUEBA CONFESIONAL. LA OMISION DE EXHIBIR EL OFERENTE EL PLIEGO DE POSICIONES, NO ES MOTIVO PARA SU DESECHAMIENTO.

Clave: V.1o.7 C · Registro digital (IUS): 202192 · Tipo: Tesis aislada
Época: 9a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta
Localización: [TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo III, Junio de 1996; Pág. 913

Una recta interpretación del artículo 103 del Código Federal de Procedimientos Civiles, lleva a considerar que no es requisito para la admisión de la prueba confesional, que se exhiba junto con el ofrecimiento de pruebas, el pliego de posiciones al tenor del cual habrá de desahogarse, dicho medio probatorio, por lo que el desechamiento de dicha probanza apoyado en la omisión de exhibir el oferente el pliego correspondiente, constituye una violación a las normas fundamentales que rigen el procedimiento, en materia probatoria, que amerita la protección de la Justicia Federal, conforme a lo dispuesto por el artículo 159, fracción III, de la Ley de Amparo.

PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO DEL QUINTO CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/202192-52079738/prueba-confesional-la-omision-de-exhibir-el-oferente · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo directo 776/95. Gabriela Salgado Ames. 16 de noviembre de 1995. Unanimidad de votos. Ponente: Alfonso Cruz Sánchez. Secretario: Jaime Ruiz Rubio.

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